El aguinaldo se calcula multiplicando tu salario diario por los días de aguinaldo que paga tu empresa (mínimo 15, por ley), ajustado a la proporción de días que trabajaste en el año. La fórmula completa es: salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados ÷ 365).
De ese monto bruto, una parte queda exenta de ISR y el resto se grava. Para 2026, el tope exento es de $3,519.30 pesos, equivalente a 30 veces la UMA diaria vigente. Más abajo está el desglose completo, un ejemplo con números reales y una calculadora de aguinaldo que hace la cuenta por ti, incluido el ISR retenido.
Qué dice la ley sobre el aguinaldo
El derecho al aguinaldo está en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Dice, en lo esencial, que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. El texto es literal en dos fuentes independientes que lo reproducen de forma idéntica: leyes-mx.com y conceptosjuridicos.com.
De ese artículo salen tres reglas concretas:
El mínimo es 15 días de salario. La empresa puede pagar más (30 días es una práctica común, sobre todo en empresas grandes), pero nunca puede pagar menos.
El plazo legal es el 20 de diciembre. El aguinaldo debe estar pagado antes de esa fecha, no después.
Quien no cumplió el año tiene derecho a la parte proporcional. La ley lo dice de forma explícita: "los que no hayan cumplido el año de servicios... tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado". Esto aplica sin importar si sigues trabajando ahí en la fecha en que se paga el aguinaldo.
Cómo calcular tu aguinaldo, paso a paso
Si trabajaste el año completo
Si trabajaste los 365 días del año con el mismo patrón, el cálculo es directo:
Aguinaldo = salario diario × días de aguinaldo
Por ejemplo, con un salario diario de $400 y el mínimo de 15 días: $400 × 15 = $6,000 pesos de aguinaldo bruto.
Si no trabajaste el año completo
Cuando entraste a trabajar durante el año, o vas a salir de la empresa antes de que termine, el aguinaldo se calcula de forma proporcional:
Aguinaldo = salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados ÷ 365)
Por ejemplo, con un salario diario de $500, 30 días de aguinaldo y 270 días trabajados en el año: $500 × 30 × (270 ÷ 365) = $11,095.89 pesos.
Si tu salario es mensual, no diario
Muchos contratos especifican un salario mensual, no diario. Para convertirlo, divide entre 30.4 (el mismo factor que usa el Reglamento de la LISR para mensualizar montos, ver más abajo). Un salario mensual de $15,200 equivale a un salario diario de $500.
Tabla comparativa: 15 días contra 30 días de aguinaldo
Con un salario diario de $400 y el año completo trabajado, la diferencia entre el mínimo legal y una empresa que paga 30 días es considerable:
| Días de aguinaldo | Aguinaldo bruto | Parte exenta | ISR retenido (estimado) | Neto que recibes |
|---|
| 15 (mínimo legal) | $6,000.00 | $3,519.30 | $269.91 | $5,730.09 |
| 30 (práctica común) | $12,000.00 | $3,519.30 | $1,087.67 | $10,912.33 |
Cuánto del aguinaldo está exento de ISR
No todo el aguinaldo se grava. El Artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) exime una parte. El límite es el equivalente a 30 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La UMA diaria de 2026 es $117.31 pesos, según el Comunicado de Prensa 1/26 del INEGI, 8 de enero de 2026. Con ese valor, el tope exento es:
30 × $117.31 = $3,519.30 pesos
Lo que exceda ese monto se considera ingreso gravado y se le retiene ISR. El procedimiento que usan la mayoría de las empresas está en el Artículo 174 del Reglamento de la LISR. Primero, la parte gravada se "mensualiza": se divide entre 365 y se multiplica por 30.4. Después se calcula el ISR de tu sueldo del mes, con y sin ese monto agregado. La diferencia entre los dos resultados se convierte en una tasa efectiva, y esa tasa se aplica sobre el total de la parte gravada. Es un cálculo con varios pasos, exactamente el que hace la calculadora de aguinaldo de eziduo por ti.
Vale la pena notar una divergencia real en el texto de la ley. El Artículo 93, fracción XIV, todavía dice literalmente "salario mínimo" en lugar de UMA, porque no ha sido reescrito palabra por palabra desde la reforma de 2016. Esa reforma, en su artículo tercero transitorio, resuelve la divergencia: ordena que toda mención al salario mínimo usada como unidad de referencia (no como salario mínimo real) se entienda hecha a la UMA. Por eso todas las calculadoras y despachos contables aplican 30 × UMA diaria, no 30 × salario mínimo, aunque el texto no lo diga así todavía.
Un ejemplo con Ana y Rafael
Rafael trabaja todo el año en la misma empresa, con un salario diario de $650 y un aguinaldo de 15 días, el mínimo legal. Su aguinaldo bruto es $650 × 15 = $9,750. De ese monto, $3,519.30 quedan exentos y $6,230.70 se gravan. El ISR retenido, siguiendo el procedimiento del Art. 174 RLISR, es de $1,330.81. Su aguinaldo neto es $8,419.19.
Ana empezó a trabajar en su empresa actual a finales de marzo. Llegó a diciembre con 270 días trabajados en el año. Su empresa paga 30 días de aguinaldo, con un salario diario de $500. Su aguinaldo proporcional es $500 × 30 × (270 ÷ 365) = $11,095.89. De ese bruto, $3,519.30 quedan exentos y $7,576.59 se gravan, con un ISR retenido de $1,357.70. Su neto es $9,738.19.
Entre los dos, el aguinaldo bruto de la pareja suma $20,845.89, y el neto que efectivamente les llega a la cuenta es $18,157.38. Es un ingreso que aparece una sola vez al año, en diciembre. Ninguno de los dos lo recibió en enero, ni va a recibirlo otra vez hasta el próximo diciembre. Por eso decidir juntos qué hacer con él antes de que llegue vale más que decidirlo después de gastarlo.
¿Ya se aprobó el aguinaldo de 30 días para todos?
No, todavía no. Existen propuestas en trámite en el Congreso para aumentar el aguinaldo mínimo de 15 a 30 días, de forma escalonada según la antigüedad del trabajador. Un ejemplo de esa escala: 15 días de uno a dos años de servicio, 20 días de tres a cuatro años, 25 días de cinco a siete años, y 30 días a partir de ocho años. Una de esas iniciativas fue presentada en la Cámara de Diputados el 2 de diciembre de 2025, por un diputado de Movimiento Ciudadano. Otra avanzó en la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.
Ninguna de las dos ha sido aprobada por el Pleno de ninguna de las dos cámaras. Una nota fechada el 17 de agosto de 2026 lo dice de forma explícita: los trabajadores no pueden exigir todavía los nuevos montos, porque la propuesta sigue dentro del proceso legislativo (El Imparcial, 17 de agosto de 2026). Mientras no haya una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el mínimo legal vigente sigue siendo de 15 días, por el Art. 87 de la LFT.
Este artículo se actualizará si esa situación cambia. Por ahora, la fecha de esta afirmación es el 17 de agosto de 2026, y conviene revisarla antes de tomarla como definitiva si la lees mucho después.
Errores comunes
Calcular el aguinaldo completo aunque no trabajaste el año entero. Si entraste a la empresa a mitad de año, el aguinaldo se calcula de forma proporcional a los días trabajados, no como si hubieras trabajado los 365 días.
Pensar que todo el aguinaldo está exento de ISR. Solo los primeros $3,519.30 pesos (30 UMA diarias de 2026) están exentos; lo que pasa de ahí se grava, aunque la tasa efectiva suele ser baja para salarios medios.
Confundir el mínimo legal con lo que realmente vas a recibir. El Art. 87 LFT fija un piso de 15 días, no un techo. Vale la pena revisar tu contrato o el reglamento interior de trabajo de tu empresa: muchas pagan más.
Dar por hecho que el aguinaldo de 30 días ya es ley. Como se explicó arriba, sigue siendo una propuesta en trámite, no una obligación vigente.
Calcula tu aguinaldo
La calculadora de aguinaldo de eziduo aplica toda esta fórmula por ti: escribes tu salario, los días de aguinaldo y los días trabajados, y ves el bruto, la parte exenta, el ISR retenido y el neto que te llega a la cuenta. El mismo régimen fiscal que afecta a quien tiene ingreso variable en México también aparece en la calculadora RESICO, para quien factura como persona física independiente.
El aguinaldo es, para la mayoría de las familias mexicanas, el ingreso más grande que reciben de golpe en todo el año. Es el mismo problema que aparece cuando una pareja recibe el dinero de la lluvia de sobres después de la boda: una cantidad que llega completa, sin un plan hecho de antemano. Decidir en pareja qué parte cubre un gasto de diciembre y qué parte se guarda es más fácil cuando los dos ven el mismo número. El módulo de metas de eziduo sirve justo para eso: crear una meta con los dos nombres y registrar el aporte del aguinaldo como un solo movimiento, visible para ambos desde el celular.