Calculadora RESICO 2026: ISR y retención
Escribe tu ingreso del mes y obtén la franja del RESICO que te corresponde, la tasa aplicable, el ISR determinado y la retención cuando tu cliente es una persona moral. Tabla vigente para 2026, con fuente oficial citada abajo.
Solo el ingreso efectivamente cobrado en el mes, amparado por CFDI. Sin IVA y sin deducciones: así lo pide el Art. 113-E de la LISR.
Escribe tu ingreso del mes para ver la franja del RESICO que te corresponde y el ISR a pagar.
Tabla ISR RESICO 2026
Tabla mensual del Artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). La tasa se aplica sobre el total de ingresos efectivamente cobrados en el mes (sin IVA, sin deducciones), no sobre el excedente del límite inferior.
| Franja de ingreso mensual | Tasa de ISR |
|---|---|
| $0.01 a $25,000.00 | 1.00% |
| $25,000.01 a $50,000.00 | 1.10% |
| $50,000.01 a $83,333.33 | 1.50% |
| $83,333.34 a $208,333.33 | 2.00% |
| $208,333.34 a $3,500,000.00 | 2.50% |
Fuente: Artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Estas tasas no han cambiado desde 2022, sin ajuste inflacionario. Límite anual de ingresos para tributar en RESICO: $3,500,000.00. Retención de 1.25% cuando el pagador es persona moral, según el Artículo 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Ingreso variable y RESICO
El RESICO es el régimen de quien factura como persona física independiente, con ingreso que cambia de un mes a otro. Cuando ese ingreso variable es de uno de los dos integrantes de la pareja, la previsión del mes deja de ser un cálculo fijo. El módulo de previsión de eziduo proyecta el saldo de los próximos 12 meses de la pareja a partir de lo que cada uno cobra, incluyendo escenarios para cuando el ingreso variable baja.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal para personas físicas en México con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento. Se paga ISR mensual aplicando una tasa fija (entre 1.00% y 2.50%, según la franja de ingreso) sobre el total cobrado en el mes, sin deducciones.
¿Cómo se calcula el ISR en el RESICO?
Se ubica el ingreso total del mes (amparado por CFDI, sin IVA) en la franja correspondiente de la tabla del Art. 113-E de la LISR y se aplica la tasa de esa franja sobre la totalidad del ingreso, no de forma marginal como la tarifa de sueldos.
¿Hasta cuánto puedo facturar en RESICO?
El límite es de $3,500,000.00 de ingresos anuales. Si lo superas, sales del régimen a partir del mes siguiente y pasas al régimen de actividades empresariales y profesionales.
¿Cuándo me retienen ISR en el RESICO?
Cuando quien te paga es una persona moral (empresa), debe retener el 1.25% de tus pagos como pago provisional de ISR, por el Artículo 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Ese monto es acreditable contra tu ISR mensual determinado.